LEY AUTORIZA DESCONTAR A DOCENTES EXCEDENTE EN PAGOS, SEÑALA SEECH

–Del 27 al 31 de marzo operarán en todas las oficinas de Servicios Regionales para informar la situación particular de cada caso

Servicios Educativos del Estado de Chihuahua (SEECH) reconoce el trabajo que las y los docentes realizan diariamente en favor de la educación de miles de niñas, niños y adolescentes en todo nuestro estado.

Especialmente a quienes como resultado de la cultura del esfuerzo, la superación profesional y personal fueron acreedores del incentivo denominado Promoción horizontal, el cual reconoce a las maestras y a los maestros de educación básica por su vocación en el servicio, dedicación en su función y el compromiso en su profesionalización.

De la promoción antes mencionada se realizó el pasado mes de diciembre el pago de este incentivo, de los conceptos de aguinaldo y prima vacacional, con un cálculo que excedió el monto correspondiente, siendo el importe de lo excedido lo que debe ser regresado a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) del Gobierno Federal.

Cabe señalar que este incidente se presentó derivado del desconocimiento del personal al implementar un procedimiento nuevo de pago del Programa por Incentivos de Promoción Horizontal.

Para informar sobre el reintegro de dicho importe excedido, en días pasados, trabajadores de SEECH se comunicaron vía telefónica con las y los docentes involucrados en el proceso para explicar la situación.

De manera adicional durante la semana del 27 al 31 de marzo de 2023 en todas las oficinas de Servicios Regionales de SEECH, se instalará un módulo de atención para atender de manera personalizada al profesorado, así como ofrecer de manera puntual la información de acuerdo a cada caso en particular.

A fin de brindar un acompañamiento cercano a las y los maestros, los módulos serán visitados de manera itinerante por el director general de SEECH, Héctor González Estudillo y por la directora de Administración, Teresa de Jesús López Ramírez, además de atender las inquietudes y realizar las aclaraciones correspondientes a este proceso que dará inicio a los descuentos la última quincena del mes de marzo.

El procedimiento para obtener este resarcimiento a la SHCP está previsto en la propia Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, que en su Artículo 38, Fracción I señala expresamente lo siguiente:

Artículo 38.- Sólo podrán hacerse retenciones, descuentos o deducciones al salario de los trabajadores cuando se trate:

I.- De deudas contraídas con el Estado, por concepto de anticipos de salarios, pagos hechos con exceso, errores o pérdidas debidamente comprobados;

Servicios Educativos de Estado reitera el compromiso de trabajar con pleno respeto a los derechos humanos y laborales de las y los trabajadores del sistema educativo, a quienes expresa un amplio reconocimiento por la labor realizada en favor de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes.

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